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Siluetas de tres barcos de vela sobre el mar con el sol bajo
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Cómo sacar la licencia de pesca marítima de recreo en Andalucía

Para pescar desde un barco en Andalucía cada pescador necesita su propia licencia. El trámite es sencillo, pero la norma está a medio cambiar y conviene saber qué parte rige hoy.

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Quién expide la licencia de pesca de recreo y cómo se pide

La licencia de pesca marítima de recreo en Andalucía la expide la consejería de la Junta de Andalucía competente en pesca, y se pide por internet. Es personal e intransferible, la necesita cada persona que pesque, desde tierra, desde un barco o desde un kayak, y hay que llevarla encima mientras se pesca, en papel o en formato digital. La regula el Decreto 205/2023.

Para la vía electrónica, la Junta indica que hace falta certificado digital; también se puede pedir de forma presencial, con cita previa. El trámite tiene una tasa, salvo las excepciones que marca la norma. Alquiler Náutico no expide licencias de pesca, así que cada pescador debe tenerla sacada antes de la salida y llevarla consigo el día que embarca.

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Imagen ilustrativa

¿Qué norma regula la licencia?

El Decreto 205/2023, de 29 de agosto, publicado en el BOJA del 4 de septiembre de 2023, que regula la pesca marítima recreativa en las aguas interiores de Andalucía y deroga el Decreto 361/2003. Según su artículo 4, la licencia la expide la consejería competente en pesca marítima recreativa y es obligatoria en cualquier modalidad.

Hay un matiz importante. Varias partes del decreto de 2023, entre ellas la forma de obtener la licencia y su vigencia, entran en vigor cuando la Junta implante la aplicación informática y apruebe la orden que lo desarrolla. Hasta entonces siguen aplicándose algunos artículos del Decreto 361/2003 y de su orden de 2004, así que antes de pedirla conviene mirar el trámite vigente en la sede electrónica.

¿Quién necesita licencia?

Toda persona que pesque en aguas interiores de Andalucía, en cualquier modalidad: desde tierra, desde embarcación o submarina. El decreto cuenta como pesca desde embarcación también la que se hace desde un kayak, una piragua o una tabla de paddle surf. La licencia es personal e intransferible, así que no se puede prestar ni usar la de otra persona.

Para pescar con licencia propia, el decreto pide ser mayor de 14 años. Si quien la solicita es menor de edad, el Decreto 361/2003, todavía aplicable en esa parte, exige la autorización de quien tenga la patria potestad o la tutela. En las salidas de pesca de Alquiler Náutico, cada pescador lleva su licencia personal, aunque el barco y el patrón sean de la empresa.

¿Cómo se pide?

Según la Junta de Andalucía, la licencia se puede tramitar por internet, para lo que hace falta certificado digital, o de forma presencial con los formularios de las delegaciones territoriales o de las oficinas comarcales agrarias, pidiendo cita previa. Con el decreto de 2023, la solicitud pasa por el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.

No conviene dejarla para la víspera. El Decreto 361/2003, aún aplicable en esa parte, da a la administración hasta tres meses para resolver, y pasado ese plazo sin respuesta la solicitud puede entenderse concedida. Lo sensato es pedirla en cuanto se tenga la fecha de la salida y comprobar antes que el certificado digital funciona en el ordenador desde el que se va a tramitar.

¿Cuánto tiempo vale?

Con las reglas que siguen aplicándose mientras llega la orden de desarrollo, la Junta explicaba en 2021 que la licencia de pesca desde tierra (clase 1) y la de pesca desde embarcación (clase 2) valen tres años, y que la colectiva para embarcaciones (clase 3) y la de pesca submarina a pulmón libre (clase 4) valen un año.

El Decreto 205/2023 cambia ese esquema: la licencia podrá durar 1 día, 3 días, 1 mes, 1 año, 2 años o 3 años, a elección de quien la pide, y se podrá renovar si no cambian las condiciones. Es la opción que más encaja con quien viene una semana de vacaciones, pero depende de que esa parte del decreto esté en vigor: compruébalo en el trámite antes de pagar.

¿Es gratuita?

No con carácter general. El Decreto 361/2003, que en esa parte sigue aplicándose, pide adjuntar a la solicitud la carta de pago de las tasas que marca la legislación vigente, así que el trámite tiene un coste. El importe no aparece en el decreto: lo indica la propia Junta de Andalucía en el momento de tramitar la licencia.

El decreto de 2023 prevé que la obtengan gratis los mayores de 65 años y las personas que cobran el ingreso mínimo vital o la renta mínima de inserción social en Andalucía. Esa gratuidad está en el artículo 5, uno de los que esperan a la orden de desarrollo, así que conviene confirmarla en el trámite antes de dar por hecho que no se paga.

¿Vale en otras aguas, y vale aquí una licencia de fuera?

El propio decreto andaluz recoge lo que dice la Ley 5/2023 de pesca sostenible: en aguas exteriores se exige siempre una licencia emitida por una comunidad autónoma de litoral, y la licencia de aguas interiores que expide una comunidad autónoma vale también en aguas exteriores y en las aguas interiores de las demás comunidades del mismo caladero.

Al revés también funciona. Las licencias otorgadas por otra administración española, por otra comunidad autónoma o por un Estado miembro de la Unión Europea valen para pescar en aguas interiores de Andalucía; el decreto pide convalidarlas, gratis, para inscribirlas en el registro andaluz. Una licencia del Reino Unido no entra en ese supuesto, porque no es Estado miembro de la Unión.

¿Qué obliga a cumplir una vez a bordo?

Llevarla encima y enseñarla si la piden los agentes de la autoridad. Respetar el cupo de 5 kilos en peso vivo por licencia y día, o 4 kilos en eviscerado, sin contar una de las piezas, y marcar cada captura nada más subirla con un corte en el lóbulo inferior de la aleta de la cola. Lo pescado es para consumo propio y no se puede vender.

Con la licencia en regla, lo demás lo pone el barco. Los barcos de pesca salen con patrón y llevan portacañas, vivero, sonda, nevera y equipo para quien no traiga el suyo. Las salidas de medio día duran de 4 a 5 horas y las de día completo, 8, con salida entre las 7 y las 8 de la mañana. Para reservar, el teléfono es el 669 06 27 56.

Preguntas frecuentes

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¿Alquiler Náutico tramita la licencia de pesca?

No. Alquiler Náutico no es escuela náutica ni expide licencias de pesca. La licencia la expide la Junta de Andalucía y cada pescador la saca por su cuenta antes de la salida.

¿Se puede llevar la licencia en el móvil?

Sí. El Decreto 205/2023 permite llevarla en papel o en formato digital, pero hay que tenerla encima mientras se pesca y enseñarla si la piden los agentes de la autoridad.

¿Los menores necesitan licencia?

Para pescar con licencia propia hay que ser mayor de 14 años. Si quien la pide es menor de edad, la Junta exige la autorización de quien tenga la patria potestad o la tutela.

¿Cuánto cuesta la licencia?

El trámite tiene una tasa cuyo importe indica la Junta al tramitarla. El Decreto 205/2023 prevé que sea gratis para mayores de 65 años cuando entre en vigor esa parte.

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